Tasa Vial: comunicado del Municipio de Hipólito Yrigoyen tras el fallo judicial a favor de productores que solicitan información
En relación con la publicación del medio Bichos de campo, que compartimos días atrás (ver https://hendersonline.com.ar/nota.php?noticiaid=27607), desde la Secretaría de Asuntos Legales, cuya titular es la abogada Linda López, enviaron a Hendersonline, junto con la imagen, el comunicado que transcribimos a continuación. Parte del primer párrafo del escrito señala que a quienes solicitaron por vía judicial información sobre la tasa Vial, nunca se les negó la misma, sino que se ha observado las formalidades en las que lo solicitaban y en carácter que lo hacían. A pesar del fallo a favor de los productores, parece que la «novela» no terminó.
Carpetas con documentación relacionada con la información solicitada por productores rurales
COMUNICADO SOBRE EL FALLO JUDICIAL DE SOLICITUD DE INFORMACION
La Secretaria de Asuntos Legales informa a la comunidad que los Srs. María Estela Odriozola, Teresa Manrique , Eduardo Otero , Fabián Pereyra Iraola, , Juan Manuel Canepa, María Gabriela Gamboa, Francisco Berisso, y Matías Julián Riveros, son los solicitantes de la información por vía judicial, a quienes no se les ha negado nunca la información si no se ha observado las formalidades en las que lo solicitaban y en carácter que lo hacían, atento que alguna de ellas contienen documento o datos privados o datos que este municipio no está obligado a reproducir:
Lo solicitado por la actora en el juicio de amparo es lo que se detalla a continuación, ejemplo….
– Informe la cual es la extensión del municipio de Hipólito Yrigoyen, discriminando cantidad de Hectáreas Rurales y Superficie Urbana, y padrón de Propietarios de Inmuebles Rurales y Urbanos;
– Listado de Cheques emitidos por el Municipio desde el 1 de enero de 2024 a la fecha, consignando: Número de Cheque, fecha de emisión, beneficiario, número de factura abonada con cada uno de ellos, monto y concepto por el cual se abona;
– Listado de Transferencia efectuadas desde las Cuentas Oficiales del Municipio de desde el 1 de enero de 2024 a la fecha, consignando: Numero de CBU de la cuenta a la que fuera realizada, fecha de la transferencia, beneficiario, Numero de factura abonada por cada una de ellas, monto y concepto por el cual se abona.-
Que la Instancia de segundo Grado, la Cámara Contencioso Administrativa de San Martin, en su resolutorio en el punto 2) determino …., a los fines de la obtención de la documentación requerida en forma directa. Establecer, asimismo, que el costo de reproducción de los documentos que contengan la información requerida debe ser sufragado por la parte interesada, en la medida en que importe su provisión en soporte físico.-
Que se por medio de la presentación Judicial se pone a disposición en forma presencial o se liquida la tasa que deben pagar a fin de realizar la reproducción correspondiente.- se adjunta foto de todas las actuaciones administrativas, a la fecha no se han presentado a verla en forma presencial NI SE HA DEPOSITADO EL DINERO
Que todos sabemos el fácil acceso que hay a cualquiera de los funcionarios municipales en este distrito, somos una comunidad que nos cruzamos en todos lados, todos sabemos dónde vive cada uno y nunca se ha negado la atención a nadie y se han brindado todas las explicaciones necesaria, se han mantenido reuniones con todos los sectores (ejemplo es la sanción de la Ordenanza de exención del año 2025 por cuestión de crisis en el sector Agropecuario)
Es necesario dejar de replicar situaciones confusas y llevar tranquilidad y brindar información clara a la comunidad., lo difundido públicamente es parcial e incompleta. Promocionando resultados desde la primera resolución que en segunda instancia validó parte de nuestro planteo.-
Seguimos trabajando en un contexto social complejo y seguiremos atendiendo como todos los días a todos los Ciudadanos/Ciudadanas de nuestro Distrito, sean organizaciones de Campo o no.-
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