Posición del Bloque Frente para la Victoria- PJ

Mientras que los vecinos hace más de un año que esperan y piden prorroga al plan ProCreAr, el intendente veto la ley aprobada por unanimidad, la cual le hubiese permitido a los vecinos acceder a la compra de terrenos.

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EXISTE UNA LEY:
La LEY provincial 14461 modifíca el Artículo 25 del Decreto-Ley 9533/80 que regula la VENTA DIRECTA de inmuebles del estado agregando una excepción mas: el inciso e) para que se pueda vender en forma directa terrenos destinados al Programa PRO.CRE.AR .
En los casos que resulte necesario producir fraccionamientos para el cumplimiento de esta finalidad, las mismas quedarán exceptuadas de la aplicación del Decreto Ley 8912/77.”
Por el Art. 4to, se encomienda realizar la identificación y delimitación definitiva de los predios destinados a lo dispuesto en el inciso e) del Artículo 25 del Decreto-Ley 9.533/80, mas la localización, su correspondiente identificación catastral, su inscripción de dominio, la tasación administrativa, la aptitud urbanística y ambiental para la radicación de viviendas. También por ley por el Art. 8 se invita a los Municipios a adherir a la presente.

EL DECRETAZO:
El intendente hizo todo al revés: veto la ordenanza por decreto, (cuando tiene facultades para reglamentarla usando el Decreto y ponerla en practica para comenzar a trabajar). Por otro lado, presento un proyecto propio que va en contra de las leyes que regula la VENTA DIRECTA de inmuebles del estado. El principio general es que las ventas de tierras a personas individuales se deben realizar a través de la Licitación Publica, salvo en el caso de adherir a la ley mencionada que en su Artículo 25 agrega una excepción de venta directa para beneficiarios del programa PRO.CRE.AR .
¿Recordará el intendente que los beneficiarios están esperando desde el mes de octubre del año pasado? ¿Sabrá el Intendente que muchos nuevejulienses siguen pidiendo prorrogas para no perder el crédito hipotecario, al que no es fácil llegar?. Hay mucha gente que está ansiosa esperando que se apruebe el programa porque se vence el plazo…

LA ORDENANZA VETADA:
Con la ordenanza aprobada por todos los concejales, el Intendente dispone de una herramienta para comenzar a realizar los trabajos previos a la autorización para la venta. Esto es: llamar a inscripción de beneficiarios demostrando ser beneficiarios del Programa; Concluida la inscripción, los anotados participarán del sorteo de los lotes; tasación de cada terreno, individualizarlos (con numero de manzana, lote, partida, etc).
Luego de esto corresponde que el Concejo por Ordenanza autorice a vender los lotes, presentar toda la documentación en el Banco Hipotecario para que les aprueben el crédito y el municipio pueda cobrar.
Por todo ello, junto a los concejales con sentido común y que ya aprobamos convencidos de que esta es una gran herramienta para ponerse a trabajar y no dilatar mas el tiempo, insistiremos en la próxima sesión para que se convierta en ley.

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