La Feria fiscal se extendió hasta el 30/8: Alcanza a sumarios, multas, clausuras y otros

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A pesar de las flexibilizaciones que permitió el Gobierno Nacional en la cuarentena decretada por la pandemia del coronavirus, algunos organismos públicos se siguen rigiendo por las medidas de aislamiento social y en ese marco la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió este jueves (20/8) prorrogar la feria fiscal hasta el 30/8 inclusive.

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Lo  hizo a través de la resolución general 4794/2020, publicada este 20/8 en el Boletín Oficial por la cual se estableció que durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La decisión del organismo alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros.

La normativa mantiene habilitados los procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior.

Cabe recordar que la feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.

Pero la medida no suspende las acciones de la AFIP, no obstante lo cual, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

 

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