Concejales declararon la Emergencia en agua de red para la ciudad de 9 de Julio
Se desarrollo en la noche de este último miércoles 7, en el CIC (Centro Integrador Comunitario), la Sesión Extraordinaria dada por Concejales de 9 de Julio para dar tratamiento a un pedido de vecinos de Ciudad Nueva, ante la limitante de agua en ese sector de la ciudad.
Tal como adelantara este Portal, los vecinos en pocas horas lograron la adhesión de mas de 500 firmas solicitando a la presidencia del HCD se de el tratamiento.
En medio la resistencia de algunos concejales, de la UCR principalmente y otros a regañadientes, no así desde el Bloque FpV PJ.
En el inicio de la Sesión, el presidente del Cuerpo, Alberto Capriroli, agradeció al Coordinador del CIC, Carlos Galván y rápidamente se dio lectura a unas 10/12 comunicaciones alcanzadas por vecinos, donde sus expresiones además de exponer su problemática de agua también se mezclaban sus necesidades básicas no satisfechas como viviendas, salud y otros.
Las comunicaciones leídas no dejaron de lado los cuestionamientos a los concejales y a funcionarios municipales.
El tratamiento de la ordenanza presentada por el Concejal Eduardo Cerdeira y que ya había sufrido modificaciones en la reunión de Interbloques en la mañana de ayer miércoles, se centraba principalmente en declarar la emergencia del agua de red en toda la ciudad de 9 de Julio por 90 días y darle al Intendente la posibilidad de utilizar partidas necesarias para dar solución a la provisión de agua en Ciudad Nueva.
Los concejales fueron exponiendo sus puntos de vista, mas allá que tenían ya decidido su acompañamiento al proyecto de Emergencia, a excepción del Bloque UCR, que había anticipado su posición de no acompañar con su voto, para ello antes de su votación, los concejales radicales se retiraron del recinto, acción que recibieron el abucheo y critica de los vecinos.
Artículo 1º: Declarase la Emergencia del Sistema de Agua Corriente en la Ciudad de 9 de Julio, por el plazo de 90 días contados a partir de la promulgación de la presente ordenanza. La Emergencia establecida alcanza todos los sectores de la ciudad, independientemente del prestador del servicio de agua corriente que corresponda en cada caso.
ARTICULO 2º: Prohíbase a partir de la promulgación de la presente, y durante el plazo de vigencia de la misma, el uso del agua de red, en cualquiera de las siguientes modalidades:
1) Riego de jardines y parques con agua de red fuera de los días, horarios y lapsos que fije la reglamentación de la presente.-
2) Lavado de autos con manguera conectada directamente a la red, tanque o cisterna con agua proveniente de dicha red.-
3) Lavado de veredas o frentes de inmuebles con manguera conectada directamente a la red, tanque o cisterna con agua proveniente de dicha red.-
Artículo 3º: Establecer como medida de emergencia para la zona de Ciudad Nueva, que el Departamento Ejecutivo, con colaboración del Cuerpo de Bomberos Voluntarios inyecten agua al tanque de reserva ubicado en el Barrio Brasilia garantizando los niveles necesarios, hasta que se concreten las obras previstas.
Artículo 4º: Solicítese a la Empresa ABSA que en el marco de la emergencia establecida recarguen las cisternas comunitarias con una frecuencia diaria o acorde a las necesidades de los vecinos.
Artículo 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal y a la empresa ABSA deberán poner en vigencia en forma urgente una amplia campaña de difusión y concientización sobre el uso responsable del agua.
Artículo 6º: Dispongase una guardia permanente de los vehículos afectados al servicio urbano de riego con el objeto de atender las funciones propias del servicio y las necesidades particulares de almacenamiento de agua domiciliaria.
Artículo 7º: Solicítese al Departamento Ejecutivo Municipal la urgente disposición de teléfonos de emergencia para el servicio de agua corriente en Ciudad Nueva.
Artículo 8º: Solicitar a las Secretarías de Desarrollo Social y de Salud de la Municipalidad de 9 de Julio la puesta en marcha de un plan de contingencia destinado a atender a las familias de mayor vulnerabilidad social, garantizando la provisión de agua potable .
Artículo 9º: Increméntese en un 100% la cantidad de módulos previstos en la ordenanza municipal 4547 y sus modificatorias para quienes infrinjan las reglamentaciones establecidas sobre lavado de veredas y vehículos.
Artículo 10º: Convóquese en forma permanente, con frecuencia semanal, a la Comisión de Seguimiento de las Obras de Agua de Ciudad Nueva y El Provincial incorporando a la misma a los funcionarios del Departamento Ejecutivo y ampliando sus facultades a todas aquellas que garanticen una pronta restitución del servicio de agua corriente al conjunto de la comunidad.-La misma informará semanalmente a la población por los medios de comunicación local en conferencia de prensa a la que podrá asistir el público en general, los días viernes a las 20,30 horas.-
Artículo 11º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a transferir partidas entre distintas jurisdicciones del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos del ejercicio 2015 a fin de atender las obligaciones impuesta por la presente norma. El Departamento Ejecutivo deberá informar al HCD en un plazo no mayor de diez (10) días de las transferencias presupuestarias efectuadas.-
ARTICULO 12º:Facúltase al D.E. A efectos de disponer el uso prioritario de los recursos asignados a publicidad y propaganda, así como programas de incidencia educativa y comunitaria, con el fin de implementar campañas de incentivo e información tendientes a lograr la reducción del consumo a niveles compatibles con estándares racionables.-
ARTICULO 13º: Comuníquese al D.E. A sus efectos.-
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