Tras un fallo de la Corte Suprema, ABSA deberá devolver $ 2.800 millones los usuarios

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó una decisión de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires que en 2015 declaró la nulidad de un decreto provincial de 2012 en el que se había aumentado la tarifa del servicio público de provisión de agua potable a cargo de Aguas Bonaerenses (ABSA) y ordenó que las sumas pagadas por los usuarios en razón de ese aumento deberían imputarse a futuras facturaciones del servicio. Se trata de una suma de $ 2.800 millones, lo que representa el 73% de los ingresos que la empresa había planteado en el Presupuesto 2019.

El 09/04 de 2015, la Fiscalía de Estado de la provincia de Buenos Aires y Aguas Bonaerenses S.A. habían recurrido en queja a la Corte Suprema tras el fallo del tribunal bonaerense en la causa “Negrelli, Oscar Rodolfo y otro c/Poder Ejecutivo y otros/amparo”.

Ahora, los jueces Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti avalaron el fallo de la corte provincial, en minoría los jueces Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco entendieron que correspondía dejar sin efecto la sentencia y ordenar el dictado de un nuevo pronunciamiento, informa Ámbito.com.

Los supremos indicaron en su fallo que “el decreto 245/2012 impugnado en autos, que dispuso un aumento en el valor metro cúbico sobre el cual se calcula la tarifa del servicio público de provisión de- agua potable y desagües cloacales prestado por ABSA en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, se dictó cuando la realización de la audiencia pública no estaba contemplada como requisito previo al ajuste tarifario pues la ley 11.820 había sido derogada y sustituida por el decreto 878/2003, ratificado por el artículo 33 de ley -13.154”.

“Es de destacar, y surge de los considerandos del mencionado decreto, que los cambios regulatorios se hicieron con motivo del traspaso de la prestación del servicio de provisión de agua potable a manos del Estado provincial a través de ABSA y tuvieron por finalidad establecer nuevas formas de prestación a efectos de garantizar los derechos de los usuarios. Esta circunstancia explica que la tarifa del servicio haya dejado de incluir dentro de los elementos que la componen una remuneración para el prestador”, agregaron en su sentencia.

Y recordaron que en el caso del «Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros» «CEPIS» (Fallos: 339:1077), la propia Corte “ha destacado que el artículo 42 de la Constitución Nacional no impone necesariamente el procedimiento de audiencias públicas sino que ha dejado en manos del legislador la determinación de cuál es el mecanismo que mejor asegure dicha participación (considerando 18 del voto de los jueces Lorenzetti y Highton de Nolasco; considerando 14 del juez Maqueda). Esta consideración resulta especialmente aplicable al ámbito de la Provincia de Buenos Aires teniendo en cuenta que la redacción del artículo 38 de la Constitución local es similar al de la Norma Nacional”.

El caso

En mayo de 2012 el gobierno de Daniel Scioli dispuso un ajuste tarifario para el servicio de agua potable y cloacas que presta la empresa Absa alcanzaba incrementos de hasta el 180%, al llevar el valor del metro cúbico de agua de $0,607 a $1,693.

En ese contexto, el entonces diputado provincial de la Coalición Cívica Oscar Negrelli y la Defensora Ciudadana platense María Monserrat Lapalma, presentaron un amparo en el juzgado de Luis Arias, en el que pedían suspender el nuevo régimen tarifario argumentando que el ajuste se había dispuesto sin que se realice, antes, una audiencia pública.

El cuestionamiento fue avalado por Arias en primera instancia, pero ese fallo luego fue apelado por Absa y el Fiscal de Estado bonaerense. En ese marco, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a la apelación de Absa y la Fiscalía de Estado y dio vía libre a la suba, que se cobra desde entonces, hasta tanto el litigio tuviera una sentencia firme.

No obstante, Negrelli y Monserrat Lapalma insistieron ante la Suprema Corte para que se expida sobre la controversia. Lo que finalmente hizo el 10/12 de 2015, en un fallo por el que se declaró la nulidad del decreto que dispuso la suba y ordenó la devolución de lo cobrado en función del aumento.

Ante este revés, la Provincia presentó ante ese mismo tribunal un recurso federal para que el litigio sea trasladado al ámbito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que fue denegado, dejando el fallo en firme. Finalmente, un recurso de queja llegó hasta el máximo tribunal nacional.

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