Trabajar en red da buenos resultados para ordenar las aplicaciones periurbanas: el caso del partido de Rivadavia
Una experiencia que lleva más de tres años.
El partido bonaerense de Rivadavia cuenta desde noviembre de 2011 con una ordenanza sobre aplicación de agroquímicos que resultó efectiva al elaborarse en base a un amplio consenso público.
En 2010 el entonces presidente del Concejo Deliberante de Rivadavia solicitó a sus pares comenzar a gestionar una norma orientada a regular el uso local de agroquímicos. La propuesta –que ya venía siendo estudiada en el ámbito de los grupos CREA América y América II– fue derivada a los referentes de la Sociedad Rural de Rivadavia.
Amadeo Ameijeiras, productor CREA e integrante de la Sociedad Rural, se encargó entonces de coordinar una comisión de agroquímicos orientada a recabar información y experiencias vigentes al respecto. Fue así como se tomó contacto con especialistas del INTA y con Mariana Valls (abogada especializada en derecho ambiental que coordinó la Comisión Nacional de Investigación en Agroquímicos –CNIA– creada en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación y disuelta en 2011 por falta de presupuesto).
En octubre de 2010 se realizaron dos eventos clave en la ciudad de América. Uno fue una jornada sobre buenas prácticas –en la que participaron periodistas y empresarios, profesionales y trabajadores del sector agropecuario– organizada por la Municipalidad y el Concejo Deliberante de Rivadavia junto con la Sociedad Rural y los grupos CREA locales. El otro evento fue una jornada de “sensibilización y capacitación” en el uso responsable de fitosanitarios a cargo de profesionales de la CNIA. En este caso la convocatoria fue más amplia: además de periodistas e integrantes del ámbito agropecuario, asistieron médicos, docentes, funcionarios municipales y ciudadanos interesados en el tema.
Una vez redactado el proyecto, se envió al Concejo Deliberante para ser aprobado por unanimidad el 3 de noviembre de 2011 (ordenanza Nº 3371/11). La norma dispone que en los primeros 100 metros para aplicaciones terrestres y 200 metros para fumigaciones aéreas sólo pueden aplicarse productos de clase toxicológica IV (“banda verde”) con una autorización expresa de autoridades municipales y la verificación de un ingeniero agrónomo matriculado.
“Fuimos pueblo por pueblo (del partido de Rivadavia) para informar a los productores y aplicadores las disposiciones de la nueva ordenanza. Algunos se enojaban cuando nos veían llegar, pero finalmente todos entendieron que toda actividad, a medida que va creciendo, requiere nuevas regulaciones”, recuerda Ameijeiras en un artículo publicado en la última edición de la Revista CREA.
Se dispuso la creación de un registro obligatorio de equipos aplicadores que desarrollen actividad en el ámbito del partido de Rivadavia en forma transitoria o permanente. El propietario del equipo, al registrarlo, debe declarar quiénes son los operarios del mismo, además del lugar de guardado y de lavado de la máquina. El municipio otorga un código de identificación para cada equipo que debe ser colocado en lugar fácilmente visible.
“Se han realizado conferencias y charlas de presentación de la ordenanza en las distintas localidades del partido para que todos estén al tanto de la norma y existe un número telefónico público para que cualquier ciudadano pueda denunciar alguna irregularidad”, apunta Daniel Trasmonte, asesor del CREA América (región Oeste Arenoso). “Hoy ya no hay depósitos de agroquímicos dentro de los espacios urbanos del partido: todos los negocios distribuidores están fuera de los pueblos”, añade.
Fuente Revista CREA
Deja un comentario