Se conocen las nuevas remuneraciones para empelados rurales

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La Comisión Nacional de Trabajo Agrario definió los salarios mínimos para distintas labores del campo, teniendo en cuenta la cláusula de revisión que se estableció en la paritaria de 2018.

En todos los casos, la actualización se tomó «analizando los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento en las remuneraciones mínimas para la actividad».

Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se comprometieron a reunirse en el mes de septiembre del 2019, a fin de analizar las posibles variaciones económicas.

Para los trabajadores que se desempeñanan como conductores tractoristas, maquinistas de cosechadoras que se desempeñen exclusivamente en las tareas de recolección y cosecha de granos y oleaginosas en todo el país, la Resolución 45/2019 estableció un salario mínimo de $30.845 por mes y $1.358,80 por hora, con vigencia a partir del 1 do febrero de 2019, hasta el 31 de julio de 2019.

La presente Resolución será también de aplicación a aquellos trabajadores que se desempeñen en la cosecha de arroz.

También se actualizó el salario mínimo de los trabajadores que realizan la aplicación de fitosanitarios de todo el país con vigencia a partir del 1° de febrero de 2019, hasta el 31 de agosto de 2019.

La Resolución 43/2019 estableció los siguientes montos base:

-Conductor de equipos autopropulsados: $47 674,80 (por mes) $1986,50 (por día)

-Peon auxiliar: $32 767,20 (por mes) $1365,30 (por día)

Otra Resolución estableció un jornal mínimo garantizado para el personal afectado al almacenamiento y la manipulación de granos en Santa Fe en $1.137 con vigencia desde el 1 de marzo de 2019, hasta el 30 de abril de 2019. En tanto, fijó el detalle del monto mínimo a abonar que se puede ver aquí.

Para los trabajadores que realizan el almacenamiento y la manipulación de granos en Santiago del Estero, el jornal mínimo garantizado es de $573,80 con vigencia a partir del 1*» de marzo de 2019, hasta el 31 de marzo de 2019. Mientras que las distintas actividades relacionadas pueden verse en la Resolución completa.

Por otro lado, se actualizó el salario mínimo de los trabajadores que se desempeñan exclusivamente en la actividad porcina en criadero, en el ámbito de todo el país.

La Resolución 39/2019 estableció los siguientes salarios mínimos desde el 1 de febrero de 2019, hasta el 31 de julio de 2019:

-Peón general: $ 19 644,40

-Peón porcino: $ 20 233,70

-Peón porcino especializado: $ 20 823,00

-Encargado: $ 25.480,60

En tanto, para el personal que se desempeña en la actividad de arándanos, en el ámbito de todo el país, desde el 1° de marzo de 2019, hasta el 30 de junio de 2019, el salario mínimo es el siguiente:

-Trabajador calificado $ 19 155,90

-Trabajador semicalificado $ 18 154,20

-Trabajador no calificado $ 17 716,00

-Encargado $ 22 536,30

-Capataz $ 20 220,10

-Casero $ 19 030,70

-Conductor de máquinas agrícolas $ 19 030,70

También se actualizaron los salarios de los trabajadores afectados a la cosecha de papa en las provincias de Buenos Aires y La Pampa. Además en las provincias citadas hubo actualizaciones para trabajadores de floricultura, horticultura y actividades de hongos comestibles.

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