Los productores afectados deberán registrarse hasta el viernes 25
En relación a la declaración de emergencia agropecuaria para distintos distritos de la región, entre los cuales se encuentra incluido –bajo observación- 9 de Julio, el Subsecretario de Producción de la Municipalidad de 9 de Julio, Lic. Adalberto Páez, brindó detalles importantes sobre el particular, tras la reunión desarrollada el pasado martes 15 por la Comisión Provincial de Emergencia y Desastre Agropecuario (CEDABA).
“Este organismo tomó la resolución de que 9 de Julio es uno de los partidos que se encuentra en observación, lo que significa que debemos elevar información concreta de aquellos productores que se consideren afectados por el fenómeno de inundación y por ende deben ser incluidos en el mecanismo de emergencia o desastre agropecuario; con lo que a partir del día de la fecha y hasta el próximo viernes 25 tenemos abierto un registro de productores en la Municipalidad de 9 de Julio, en el horario de 8 a 12 hs.”, señaló el funcionario.
Respecto de la tramitación, Páez indicó que es sumamente sencilla, debiendo los productores aportar datos básicos acerca de sus inmuebles, como son el número de partida inmobiliaria, el número de parcela, el porcentaje habitual de producción de la misma, el número de CUIT y la razón social; los que en esta oportunidad no deberán volcarse en una declaración jurada, sino en este registro de productores que se consideran afectados por la inundación.
“No es el trámite propiamente dicho para la emergencia agropecuaria, ya que el municipio debe elevar un listado de productores presuntamente damnificados, y a raíz del mismo se abriría formalmente el trámite”, diferenció, subrayando de manera especial que si bien nuestro distrito no fue declarado en emergencia como otros, “el mismo se encuentra en igualdad de condiciones, ya que ningún partido puede comenzar a realizar los trámites hasta que esto no ha sido decretado por el Gobernador, con lo cual la Comisión de Emergencia Agropecuaria hace una sugerencia al Ejecutivo Provincial que es evaluada para tomar una decisión al respecto mediante un decreto, con lo que los tiempos administrativos son los mismos tanto para quienes deben presentar el listado, como para quienes ya han sido declarados en situación de emergencia”.
Asimismo, enfatizó especialmente que los productores que no figuren en este listado a elevar a las autoridades provinciales “no será considerado para este período de emergencia, con lo que deberá realizar nuevas gestiones para los mismos”, sugiriendo a quienes crean estar comprendidos o alcanzados por este fenómeno “acercarse a la Subsecretaría de Producción y complete este sencillo trámite para acceder a prórrogas en el tributo del Impuesto Inmobiliario –dependiendo de la afectación de la parcela, entre un 50 y un 79%-; o la eximición de pago –para las que superen el 80%-, en igual porcentaje que la afectación”
Deja un comentario