Cuales son las obligaciones, procedimientos y recomendaciones que dictó el Gobierno para cumplir la cuarentena

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Desde las cero horas de este viernes rige el aislamiento obligatorio que anunció ayer a última hora el presidente Alberto Fernández, luego de definir la estricta medida junto a los gobernadores de todas las provincias. Con 31 nuevos casos de coronavirus confirmados, elevando el número de infectados a 128, el Gobierno dictó una serie de obligaciones, procedimientos y recomendaciones para que la población lleve a cabo la cuarentena dispuesta hasta el 31 de marzo.

A través del Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación dictó la Resolución 627/2020 en la que detalló: indicaciones para el aislamiento y distanciamiento social, quiénes integran los grupos de riesgo, la situación de la tripulación de transporte hacia y desde zonas afectadas y la confidencialidad de pacientes. El objetivo detrás del endurecimiento de las medidas es “planchar la curva” de contagiados. “Hicimos mucho esfuerzo para que la gente comprenda que se tenía que aislar. Suspendimos las clases, promovimos el trabajo a distancia, dictamos asuetos administrativos. Y sin embargo seguimos teniendo problemas de gente que no entiende que no se puede circular porque expone al otro”, explicó el Presidente en la conferencia de prensa que brindó este jueves.

“Es imperioso tomar medidas anticipadas tendientes a minimizar la expansión del virus, a fin de evitar la mayor cantidad de casos y muertes que sea posible”, argumentó la carteta que conduce Ginés González García, por lo que “resulta determinante para no superar la cantidad de respuesta del sistema de salud a fin de brindar una atención adecuada a la población”, se agregó.

Más allá del DNU que entró en vigencia hoy, el Gobierno insistió en que las medidas “solo resultarán eficaces y tendrán impacto positivo en el control de la epidemia, si la población las acompaña, respetando y aplicando las acciones que están a su cargo”.

Por ello se detalló las indicaciones para mantener el distanciamiento social durante las próximas semanas:

– Distancia interpersonal mínima de 1 metro.

– No más de una persona cada un metro cuadrado.

– No realizar eventos y/o reuniones.

– Utilizar medios electrónicos para la realización de gestiones, trámites, etc.

– Trabajar a distancia, en la medida que sea posible.

– No utilizar el transporte público, salvo extrema necesidad y evitar viajar en horas pico.

– No exceder el 50 % de la capacidad de los espacios.

– No compartir utensilios, incluido el mate. Cancelar actividades que no sean esenciales (Ejemplo: turnos médicos programados, visitas sociales, etcétera).

Además, recordaron las indicaciones de aislamiento en casos de pacientes confirmados o sospechosos de COVID-19:

– No salir del domicilio.

– No recibir visitas.

– Permanecer en una habitación individual, preferentemente con ventilación. Evitar transitar por zonas comunes de la casa, si fuera estrictamente necesario hacerlo con barbijo quirúrgico o común.

– Evitar el contacto estrecho con otras personas (distancia mínima de 1 metro).

– Lavarse las manos con agua y jabón o alcohol en gel periódicamente.

– Al toser o estornudar, cubrirse la nariz y la boca con el pliegue interno del codo o usar pañuelo descartable (desechar inmediatamente).

– No compartir utensilios de cocina (plato, vaso, cubiertos), mate y utilizar elementos de aseo de forma exclusiva (jabón, toalla).

– Ventilar los ambientes. Limpiar y desinfectar las superficies y objetos de uso frecuente (especialmente mesas, mesadas, sillas, escritorios de trabajo y otros utilizados diariamente como picaportes y teléfono celular) de la siguiente manera: 1. Lavar con una solución de agua y detergente 2. Enjuagar con agua limpia Desinfectar con una solución de 10 ml (2 cucharadas soperas) de lavandina de uso comercial en 1 litros de agua. 3.

https://twitter.com/GuazzaroniGreco/status/1240844185080664065/photo/1

 

Los casos positivos de coronavirus deberán mantener aislamiento estricto hasta alta médica, mientras que los potenciales infectados deberán aguardar el diagnóstico definitivo. Las mismas indicaciones rigen para personas que hayan mantenido un contacto estrecho con enfermos por el COVID-19, ya que presentan riesgo de infección y de potencial transmisión. Con respecto a este último caso, si el individuo comienza a tener síntomas compatibles con el virus (tos, fiebre, dolor de garganta o falta de aire), deberá comunicarse de inmediato con el servicio de salud, si es posible telefónicamente.

El Gobierno aclaró que todas las indicaciones mencionadas anteriormente, deberán ser llevadas a cabo también por las personas que hayan arribado al país recientemente desde “zonas afectadas”.

demás, el Ministerio de Salud volvió a recordar quiénes son los grupos de riesgo ante el avance del coronavirus:

– Personas con enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.

– Personas con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas.

– Personas diabéticas.

– Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

– Personas con Inmunodeficiencias: congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave; VIH dependiendo del status (mayor de 350 CD4 o con carga viral detectable).

– Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).

– Pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa; con tumor de órgano sólido en tratamiento; trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos

– Personas con certificado único de discapacidad.Dichas medidas serán adaptadas, modificadas y complementadas de acuerdo al avance de la enfermedad en la Argentina, se aclaró.

Por otra parte, el artículo 5° de la resolución se refirió a la tripulación de transportes hacia y desde zonas afectadas. En este caso, deberán permanecer en aislamiento social en el hotel o en su domicilio según sea el caso, conforme a las indicaciones dictadas para personas aisladas. “Cumplida esta indicación, está exceptuado de completar el plazo de 14 días de aislamiento obligatorio, siempre y cuando no presente síntomas, a fin de dar continuidad a su actividad laboral en razón de la necesidad del servicio”, se informó.

En tanto, en otro punto con respecto a la “confidencialidad del paciente” y a fin de hacer efectivas las licencias laborales dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19, se especificó que el personal médico podrá indicar el uso de las mismas con la sola mención de que los trabajadores se encuentran comprendidos dentro del artículo 3° del Decreto, o sea, de los grupos de riesgo.

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