Actualizan los controles para el traslado de hacienda susceptible a brucelosis

Share on FacebookShare on Google+Tweet about this on TwitterShare on LinkedIn

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) implementará a partir del 1 de enero de 2026 una actualización en sus sistemas informáticos con el objetivo de reforzar los controles destinados a evitar la dispersión de la brucelosis bovina a través del movimiento de animales. La medida ajusta las condiciones para la emisión del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) cuando se trasladen categorías susceptibles, como vacas, toros y toritos.

La adecuación se realiza en el marco de la Resolución SENASA N.º 67/2019 y apunta a optimizar los mecanismos de fiscalización en el traslado de hacienda. Desde la fecha establecida, el Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA) verificará automáticamente los criterios para requerir el Certificado de Seronegatividad (CSM) previo a la emisión del DT-e.

Si bien no se trata de un nuevo requisito sanitario -ya que el certificado es actualmente solicitado según el motivo declarado en el DT-e-, el organismo ajustó su sistema informático para que la exigencia del CSM dependa del tipo de explotación registrado en el Renspa de destino. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la resolución, el certificado será obligatorio cuando los animales se movilicen hacia tambos, establecimientos de cría, ciclo completo, cabañas o centros de genética. Quedarán exceptuadas únicamente aquellas unidades productivas de origen que cuenten con estatus libre de brucelosis vigente.

Con estas modificaciones, el SENASA busca fortalecer la prevención, proteger los rodeos y avanzar en los planes de control que permitan determinar y mantener el estatus sanitario de los establecimientos ganaderos.

Deja un comentario