Para los ejemplares ubicados en las aceras
No podaras: Lo dice la SubSecretria de Espacios Verdes Municipal
La Subsecretaría de Espacios Verdes y Control de Plagas de la Municipalidad de Nueve de Julio, comunica que está prohibida la poda o extracción de los árboles ubicados sobre la vereda, sin autorización.
La protección, preservación, estudio y desarrollo del arbolado público está regulado por la Ordenanza Municipal Nº 2680 que establece las obligaciones del municipio y de los vecinos en general para el cumplimiento de los objetivos explicitados en dicha ordenanza.
El Artículo 12º expresa: “A los fines de preservar las especies vegetales (árboles, arbustos florales, herbáceos, césped, etc.) queda prohibido: a) Extraerlos en forma definitiva o con fines de traslado, b) todo tipo de lesión a la anatomía (Incisiones, agujeros, descortezamiento, pinturas, extracción flores o frutos, cortes, etc.) o a la filosofía vegetal, que afecte en forma directa e indirecta su normal crecimiento y desarrollo”.
Asimismo, el artículo 17 establece que “la poda y extracciones son objeto de autorización por parte del municipio a los vecinos que así lo soliciten, siempre y cuando las causas que originan el pedido sean avaladas por la Subsecretaría de Espacios Verdes y Control de Plagas. Queda terminantemente prohibido realizar cualquier intervención sobre el arbolado urbano que no cuente con la autorización correspondiente”.
Toda transgresión a la presente Ordenanza será considerada previamente por la autoridad de aplicación, quien se atenderá a lo establecido en el Código de Faltas de la Municipalidad.
Asimismo, se recuerda que los proyectos de obras deberán amoldarse a la ubicación de los árboles preexistentes en las aceras; salvo excepciones donde se conste que es imposible la realización de la obra sin la extracción del árbol.
Las consultas y autorizaciones de extracción, poda y reposición serán atendidas en la oficina de la Subsecretaría de Espacios Verdes y Control de Plagas, sita en el Palacio Municipal.
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