El Ministerio de Trabajo capacito sobre derechos de Empleados Domésticos
En la tarde de este ultimo martes, en sede de la Iglesia Evangélica de calle Martín Fierro casi Alte Brown, se llevó adelante una charla informativa sobre los derechos de los trabajadores como personal doméstico.
Para ello la Secretaria local del Ministerio de Trabajo Bonaerense, a cargo del Dr. Alberto Pascual, convoco para difundir los derechos de estos trabajadores.
El Secretario de la Delegación regional Nueve de Julio resalto la importancia de la convocatoria, que es abierta a todos los sectores, que ya empieza a tener más repercusión y consultas en el ámbito de su trabajo.
Pascual explico que en el año 2013 se aprobó la Ley 26.844, quien enmarca los lineamientos para este tipo de empleados, en el denominado Programa de Regularización de Empleados del Servicio Doméstico.
Por su parte Carlos Benito de la Seccional de Tranque Lauquen, quien tuvo a su cargo la capacitación, delineo que el Ministerio de Trabajo pasara un Power Point, donde explicara todas las partes que tiene la ley y luego iremos evacuando las distintas dudas, informo.
En esto señalo que a partir de ahora, el personal doméstico, puede contar con ART, mejor salario, vacaciones pagas, en si en el mismo nivel de igualdad como cualquier trabajador registrado, señalo.
A su turno el Director Regional del Ministerio de Trabajo en la provincia bonaerense, con asiento en Pehuajo Dr. Omar Saldaño, agradeció al Dr. Pascual por profundizar las políticas públicas en el orden local, en segundo turno agradeció al Pastor Emilio Peralta, en permitir el lugar para desarrollar este encuentro.
Saldaña índico este es el camino, en un barrio, donde hay un contacto directo con la gente, que varias de esas personas están en precaridad laboral y esta es una iniciativa altamente positiva, remarco.
En otro orden adelanto que este tipo de charlas informativas se están duplicando a lo largo y ancho de la provincia, señalo el funcionario provincial.
Finalmente Saldaña describió que para los empleadores hay dos beneficios bien definidos. Uno la presencia de la ART, en caso de un accidente en el trabajo del empleado. Y el segundo que los aportes no son elevados y ellos pueden ser descontados de en sus declaraciones juradas.
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