Bajan retenciones a determinadas economías regionales del campo

Maiz pisingallo, mani, sorgo granifero,

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A través del decreto 851 que lleva la firma del presidente de la Nación Alberto Fernández, el maíz pisingallo (posición 1005.90.10), que se usa para la elaboración para pochoclo y representa exportaciones por más de 200.000 toneladas, quedará en el 0% de derechos de exportación.

En junio pasado, el Gobierno había realizado una rebaja de 5 a 0% para este producto, pero no tenía un impacto real, ya que se hablaba en el decreto de entonces de “maíz pisingallo, más del 15% de embolsado, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2 kg”. Esto cuando en el sector se vende con envases de al menos 20 a 25 kilos. El nuevo decreto saca la restricción que había.

De acuerdo a lo observado en el anexo del decreto 851, el sorgo granífero (posición 1007.10.00) queda con un 0% (estaba en 12%). Además la posición 1003.10.00, que es cebada, también en 0%.

En el caso del maní, una economía regional de Córdoba, en junio pasado se bajó de 7% a 4,5% en maní crudo y en productos de maní procesado se pasó de 5 a 0%, pero en envases inferiores a un kilo cuando eso solo representa el 0,5% de las exportaciones que hace el sector.

Ahora, el decreto 851 habla de algunos maníes al 0% para envases iguales o inferiores a los dos kilos. En aceite de maní se fija un 0%, salvo para el producto a granel con 4,5%. Para el maní blancheado (posición arancelaria 1202.42.00) se detalla un 3%.

Fundamentos

En el decreto se señala “que teniendo en cuenta la delicada situación macroeconómica actual, así como también la necesidad de promover las exportaciones para un mayor crecimiento y desarrollo, al momento de elegir los productos a incluir en la presente medida, se consideraron aquellos productos agropecuarios de las economías regionales que implicaran un bajo o nulo impacto en los precios internos”.

Se precisa que “con el fin de promover el desarrollo e incentivo de la producción y la agregación de valor nacional y de las exportaciones de las cadenas productivas con mayor presencia territorial y potencial de creación del empleo, deviene necesario modificar el esquema de alícuotas del Derecho de Exportación para determinadas posiciones arancelarias…”

Por otra parte, con el decreto 852 se fijó en 0% las retenciones “para los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos”. En tanto se redujeron en cinco puntos porcentuales siempre que cumplan los anteriores requisitos productos como el trigo orgánico o el maíz orgánico, entre otros con esas condiciones.

 

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