Flojo de papeles: Declaran inconstitucional la prohibición de uso y comercialización de glifosato en Gualeguaychú

Share on FacebookShare on Google+Tweet about this on TwitterShare on LinkedIn

En un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 2 de Concepción del Uruguay declaró parcialmente inconstitucional la ordenanza 12216/18 del Honorable Concejo Deliberante de Gualeguaychú, que prohibía el uso, aplicación, expendio, almacenamiento, transporte, comercialización y venta de productos a base de glifosato dentro de su jurisdicción.

El juez determinó que dicha prohibición excedía los límites impuestos por la normativa provincial y nacional, considerando que no se presentó suficiente evidencia científica sobre los supuestos impactos negativos del glifosato en el territorio específico de Gualeguaychú. En la conclusión del fallo,  el tribunal destacó que si bien los municipios pueden imponer regulaciones adicionales en materia de salud y ambiente, estas deben estar respaldadas por pruebas concretas que justifiquen la necesidad de restricciones más severas que las establecidas por la normativa provincial. En este caso, no se proporcionaron tales pruebas.

Como resultado, se declaró la inconstitucionalidad de los artículos que imponían estas prohibiciones, permitiendo la comercialización y uso del glifosato bajo las normativas provinciales vigentes.

Ingresa y mira la Sentencia Judicial contra la prohibición de aplicación y comercialización del producto Glifosato

Deja un comentario