Adiós a un clásico: la media res ahora se comercializará «troceada»
El 1 de noviembre vence el plazo para adecuar la comercialización al troceo con mayor eficiencia de la pieza, cuidado de la salud de los trabajadores y condiciones sanitarias óptimas.
A partir del 1° de noviembre, los despachos de carne de todos los establecimientos faenadores del país destinadas a los comercios minoristas (carnicerías y supermercados) deberán hacerse en unidades resultantes del fraccionamiento de las medias reses en trozos, cuyos pesos individuales no superen los 32 kilogramos informaron desde la Secretaria de Agricultura, Ganaderia y Pesca de la Nación.
Se pasará de bajar la clásica media res a un sistema de “troceo” que apunta a un aprovechamiento integral de los distintos cortes y promover condiciones de trabajo saludables para los trabajadores de la industria de la carne que se encargan de su descarga.
De esta forma también se puede eficientizar la distribución de los cortes según la demanda de acuerdo con la zona, con un mejor aprovechamiento de la media res, lo cual esperan proyecte una baja en los precios.
Según el Subsecretario de Mercados Agropecuarios Luciano Zarich: “Los objetivos centrales de la normativa son modernizar la cadena de distribución de carnes en medias reses para pasar a una distribución por trozos anatómicos de menor peso, y cuidar la salud de los trabajadores que pasarán de cargar pesos de hasta 120 kg por media res a pesos de hasta 32 kg en trozos”. Además, se logra un salto de calidad en relación a la inocuidad y seguridad sanitaria”.
Vale recordar que el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en el año 2003, reconoció los trastornos de salud relacionados con el trabajo y aprobó (mediante Resolución MTEySS 295/03) especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de cargas. Posteriormente, se dictaron normas específicas para la industria de la carne en el año 2020 que se refuerzan con estas medidas a implementarse a partir del 1° de noviembre.
El cumplimiento de la normativa, dictada en conjunto por las carteras de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; de Desarrollo Productivo y de Agricultura, Ganadería y Pesca, mediante la resolución conjunta 4/2021, es de carácter obligatorio para todos los establecimientos faenadores de tránsito federal, provincial y municipal ubicados dentro del territorio nacional. La excepción a la normativa solo rige para trasladar medias reses de establecimientos faenadores a plantas habilitadas oficialmente como despostadero, fábrica de chacinados, fábrica de carnes y productos conservados y/o depósitos frigoríficos prestadores de frío.
Desde la secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca indicaron que en virtud de los planes presentados y las inspecciones realizadas por esta Dirección Nacional, ya hay un importante número de establecimientos comercializando sus productos con esta nueva modalidad (medias reses en trozos) de conformidad con la normativa vigente.
En este sentido, la Dirección Nacional de Control Comercial Argentino (DNCCA) continuará con los programas de fiscalización a los operadores de la cadena de carnes. Estas actividades comprenderán inspecciones, junto con el Senasa, a plantas y depósitos, así como controles en los transportes y durante las descargas de carne para verificar el correcto troceado y transporte junto con la identificación de cada uno de los trozos producto del fraccionamiento de la media res.
En el caso de observar establecimientos y operadores que no cumplan con la normativa vigente procederán a sancionar con multas, clausuras y/o suspensiones de matrícula en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA), entre otras.
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