9 de Julio, ciudad libre de pirotecnia: Rige una Ordenanza que establece su prohibición con multas y clausuras

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La Municipalidad recuerda que se encuentra vigente la Ordenanza Nro. 5758/2016, a través de la cual quedan debidamente reglamentados los aspectos que hacen a la fabricación, comercialización, depósito y uso de artículos de pirotecnia en todo el distrito, medida que apunta a proteger la salud de los vecinos y las mascotas.

FUERTES MULTAS

Es importante señalar que la ordenanza vigente establece que “será penado con un mínimo de diez (10) módulos ($ 7.319) y un máximo de cien (100) módulos ($ 73.191) quienes fabriquen, almacenen, usen o comercialicen elementos de pirotecnia, según lo establecido…”; en tanto que se advierte que “…en caso de reincidencia, se podrá disponer la clausura del local comercial o utilizado para depósito”.

Esto significa que la multa mínima asciende en los 7.300 pesos y la máxima en 73.000 pesos.

 

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