El 4 de diciembre se realizaran las elecciones partidarias de UCR en 9 de Julio
Las autoridades del Comité local brindaron un pormenorizado informe de lo sucedido, donde se confirman irregularidades tanto en la lista 10 y contradicciones en la Junta Electoral Provincial
Las autoridades del Comité de UCR 9 de Julio, en la persona de su presidente, Guillermo Abel Rodríguez dialogaron este viernes 28 en horas de la tarde con la prensa local, luego de la suspendida elección interna en el orden local por la Justicia Electoral, tras encontrar la Dra . María Servini anormalidades en la Junta Electoral local, los Padrones, atendiendo así a una interpelación judicial por parte de representantes de la lista 11.
La decisión Judicial dictamino que se suspenda el acto eleccionario que habría de darse el último 23 del corriente y se vuelvan ambas listas a dirimir en una elección transparente.
Cronología oficial de los hechos
Rodríguez inicio recordando el proceso que se vino realizando desde el 22 julio último cuanto el Comité Provincia emitió la primera comunicación en convocar a elecciones partidarias, hasta la fecha.
“En tanto que el día 12 de septiembre se propuso ir por una lista única, hecho que se acordó conversar (18/09), pero sin la presencia de la Mesa Directiva del Comité, lamentablemente no se llegó a buen puerto”, grafico Rodríguez, según trascendidos.
En tanto el día 19/ 9, en reunión de Plenario se dio a conocer que dos listas competirían por la presidencia del partido, esa fue la última reunión plenaria, el 23/09 se presentaron las lista 10 y 11, explico Guillermo Rodríguez.
Fue así que la Mesa Ejecutiva con esos antecedentes, y todo lo ocurrido, envía una comunicación a la Junta Electoral en la que se detalla los hechos acontecidos en el plano local y dan cuenta que “la referida Lista 10 (Javier Fernández), no debía ser considerada como tal, ya que varios (10) de sus integrantes, no cumplían con lo requerido en el Art. 37, inciso 10 (refiere a la antigüedad como afiliado para integrar el Comité), de la Carta Orgánica del Partido.
Rodríguez también detallo que posterior a esto (27/09), la Junta Electoral Provincial se pronunció al igual que la Junta Electoral local (Sr. Antonio Giussi) diciendo: “producto de todas las observaciones que no pueden ser subsanadas, corresponde proceder al corrimiento de la lista (la 10) Art. 12, 16 y 17, atento que la Lista no contaría con los candidatos habilitados suficientes…”.
En tanto que Giussi, se abstuvo al no poder resolver el solo, ya que las listas no aportaron personas a la Junta Local, resolvió enviar a la Junta Provincial para que resuelva la misma, según lo dictaminado el día 27/09.
Fue así que llego la Resolución 42/2016, con fecha 10/10/16, la que dictamino en contra de lo resuelto el 27/09, donde se viola categóricamente el artículo 37 inciso C.
Llamado a elección partidaria
En tanto que se informó que con las firmas de Ricardo Sánches, Secretario General del Comité bonaerense y Ricardo Alfonsín, presidente del mismo, establece la fecha del 4 de diciembre para los comicios internos de la UCR de 9 de Julio, postergados por resolución judicial, días atrás.
La misma resuelve “convocar a todos los afiliados del Distrito de Nueve de Julio, conforme lo establecido en el art.246 de la Carta Orgánica Partidaria a elegir: Autoridades del Comité de Distrito y Comité de Circuito, conjuntamente con dos Convencionales Titulares; y dos Convencionales Suplentes” y “fijar como fecha límite el día 4 de diciembre de 2016”.
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