Se conocen las medidas que rigen en 9 de Julio hasta el 30 de mayo
Abarcan horarios de circulación, comercios, actividades sociales, educativas, religiosas y deportivas, en base al Decreto de Nación, aguardándose más resoluciones desde Provincia.
Este mediodía, el Intendente Municipal de Nueve de Julio, Mariano Barroso, acompañado de funcionarios de su Gabinete, entre quienes se encontraban el Secretario de Administración y Hacienda, Martín Seijo, el Asesor Legal y Técnico, Juan Luis Buonano, y el Subsecretario de Producción, Víctor Altare, ofreció una nueva rueda de prensa, en la que se evacuaron algunas dudas respecto de las restricciones que se aplican en el contexto de la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de la Nación, al aguardo de la publicación del Decreto de Provincia, que puede aclarar las dudas sobre actividades específicas.
En la apertura de la rueda de prensa, el Jefe comunal resaltó precisamente que las restricciones que se aplican se basan en el DNU Nacional y se aguardan las resoluciones de la Provincia, en tanto que posteriormente realizó aclaraciones respecto al funcionamiento que tendrá la actividad municipal hasta el día 30 del corriente mes, hasta el que tienen vigencia estas disposiciones.
En este marco, indicó que el municipio funcionará en emergencia, solamente con personal jerárquico y trabajadores esenciales; con lo cual se habrán de prestar normalmente servicios como los de salud en los Centros de Atención Primaria de todo el partido (CAPS), la recolección de residuos, la poda y el barrido; en tanto que la obra pública quedará momentáneamente suspendida.
DISPOSICIONES PARA LOS DISTINTOS RUBROS DE LA ECONOMÍA
Posteriormente, el secretario de Administración y Hacienda, Martín Seijo, indicó que desde las 16 hs. de hoy sábado y hasta las 24 del día domingo 30 del corriente, quedan totalmente suspendidas las actividades sociales, culturales, deportivas, religiosas y otras similares de manera presencial; y en este contexto la circulación solo podrá realizarse para la provisión de alimentos, medicamentos o elementos de primera necesidad.
Actividades comerciales esenciales:
El funcionario detalló que las mismas, que abarcan a supermercados, despensas, kioscos o comercios de expendio de alimento podrán desarrollarse entre las 06,00 y 23 hs.
En tanto que otros rubros como ferreterías, veterinarias y comercios de artículos de limpieza podrán trabajar entre las 06,00 y 18,00 hs.
Actividades comerciales no esenciales:
En este aspecto, Seijo indicó que los mismos podrán trabajar en el horario de 06,00 a 18,00 hs., pero solamente con la modalidad de delivery o take away, sin tener abierto el acceso al público.
Actividades de locales gastronómicos:
Podrán desarrollarse entre las 06,00 y 23 hs., pero solamente con la modalidad de delivery o take away
(retiro en el local), sin ingreso de personas.
Mira en detalles las NUEVAS MEDIDAS anunciadas por el Municipio de 9 de Julio
Actividades generales:
Estaciones de servicio: Funcionarán con normalidad de 06,00 a 18,00 hs. y luego exclusivamente para personal esencial.
Farmacias: Trabajarán en la franja horaria indicada y luego con el sistema de turnos.
Remises: Funcionarán con normalidad de 06,00 a 18,00 hs. y luego exclusivamente para personal esencial.
Personal doméstico y profesionales de la construcción: Se aguardan las resoluciones de la Provincia, las que se conocerían en detalle tras los feriados de lunes y martes.
Estacionamiento medido: Su aplicación queda suspendida.
Actividades recreativas y sociales
Las mismas quedan totalmente suspendidas, en tanto que de 06,00 a 18,00 hs. podrán realizarse actividades deportivas individuales (caminata, trote, ciclismo) de manera individual en espacios públicos.
Actividades educativas:
Quedan totalmente suspendidas y solamente podrán desarrollarse de manera virtual; y quedan suspendidas en forma total las actividades de Museos, Bibliotecas y espacios culturales.
Uso de espacios públicos:
Queda prohibido su uso y solamente podrán ser utilizados para las actividades recreativas y deportivas individuales descriptas con circulación, y sin permanencia en los mismos.
DISPOSICIONES PARA LA ACTIVIDAD INDUSTRIAL
Posteriormente, el Subsecretario de Producción, Víctor Altare, se refirió a las restricciones que regirán para las industrias, y remarcó que solamente podrán continuar trabajando las industrias que desarrollen procesos continuos de producción y las que exporten su producción.
En tanto, indicó que por el momento no se encuentra en funcionamiento la APP nacional “Cuidar”, a través de la cual deberían renovarse los permisos de circulación para el personal que trabaja en las mismas.
ASPECTOS LEGALES Y PENALIDADES
Finalmente, el Asesor Legal y Técnico del municipio, Juan Luis Buonano, remarcó que estas disposiciones no constituyen una prohibición, sino una restricción para diferentes actividades comerciales, que pueden seguir trabajando en un horario más acotado y con una modalidad diferente, sin ingreso de vecinos a los locales.
“El incumplimiento a las normas es una infracción, y como tales son pasibles de las penalidades determinadas por Nación y Provincia”, subrayó.
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