La Agro Industria no requiere tramite Certificado Unico Habilitante

Ademas hay otras industrias como comercio exterior, medicamentos, transporte publico, de petroleo, combustible que puede operar con sus habituales labores

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 El Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires aclara que la producción agropecuaria no presenta cambios en sus requisitos para circular. Esto es a partir de la Decisión Administrativa 446, publicada en el Boletín Oficial de la Nación que señaló que la actividad no requiere de la tramitación del «Certificado Único Habilitante para Circulación -COVID 19».

La norma exceptuó a las personas incluidas en los incisos establecidos del artículo 6 del Decreto 297. Entre ellas están:

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
19- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
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