Suspenden Juventud vs Agropecuario

Es porque América de Pirán realizó la protesta bajo el expediente N°2790/14, en el Tribunal de Disciplina y el Consejo Federal suspendió el encuentro. El Club de Piran denuncia un supuesto acuerdo previo entre el Club Agropecuario y la terna arbitral para perjudicar al peticionante.

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Final con polémica. Minuto 49 del segundo tiempo y penal para Agropecuario. El penal con el que el Sojero accedió a los doce pasos y por ese medio a las semis. Todo América de Pirán se le fue al humo al asistente Darío Felipe quien vio la infracción y notificó al juez del partido.
El tema es que más allá del penal, en América se quejan y muestran una imagen en donde se ve a dos jugadores del Club de Carlos Casares abrazados con el línea (Felipe) en un clima festivo, luego de terminado el partido, en un conocido local bailable de la zona, se observó al juez asistente celebrando la clasificación con los jugadores de Agropecuario, imágenes que aparecieron en las redes sociales y generaron muchas suspicacias.
Desde el Club Agropecuario ya le aplicaron una multa económica a ambos jugadores por conducta inapropiada, y se pusieron a disposición del Consejo Federal y del Tribunal para esclarecer el tema.

Por lo pronto el Tribunal suspendió el partido de Juventud con Agropecuario esperando una resolución por parte del ente que impone justicia en el fútbol chacarero.

Por otra parte hay que agregar que algunos medios de Pirán acusaron a Puello (árbitro en primer término elegido) como cómplice de la polémica generada. Vale aclarar que el Consejo Federal avisó en tiempo y forma el cambio en la terna arbitral, y el juez de reemplazo fue Darío Felipe. Con lo cual se hecha a perder el supuesto cambio abrupto, y en el cual también se da a entender como si el cambio de línea hubiese sido en forma oculta. Algo difícil de entender.

El expediente
EXPEDIENTE Nº 2790/14 – TORNEO FEDERAL “B” 2014
Club América de General Pirán s/ Protesta.
Buenos Aires, 27 de enero de 2015.
Vistos: El Club Américo de General Pirán presentó denuncia contra el Club Agropecuario de Carlos Casares y la terna arbitral que dirigió el partido que ambos clubes disputaron el día 24 de enero por el Torneo Federal “B”.
La denuncia sobre un supuesto acuerdo previo entre el Club Agropecuario y la terna arbitral para perjudicar al peticionante es el objeto procesal en la presente causa.
El reclamante solicita de manera urgente se proceda como medida cautelar a suspender el partido que deben disputar los equipos del Club Juventud y el Club Agropecuario para no causarle daño deportivo al denunciante.
Asimismo, solicita el reclamante que se elimine de la tabla de mérito a la terna arbitral involucrada.
Finalmente hacen reserva de acudir a la alzada de no pronunciarse el Tribunal en el sentido que pretenden.
Considerando: Que la denuncia presentada por el Club América de General Piran es de suma gravedad y el Tribunal no puede resolver inaudita parte las sanciones que se pretenden en la presentación.
Efectivamente, debe respetarse el derecho de defensa y dar traslado al club denunciado y a la terna arbitral del contenido del líbelo acusatorio. (Art. 7 y 8, 32, 33, 260 entre otros del R.T.P.).
Sin embargo resulta oportuno dictar una medida previa para evitar que la consumación de los actos, si se juega el partido entre Club Juventud y el Club Agropecuario, puedan volver abstractos los derechos del denunciante y en tal sentido se dispondrá la suspensión del encuentro del día 28/1/2015, haciendo saber por Secretaria al Consejo Federal.
Asimismo, se procederá a inmediata suspensión provisional de los integrantes de la terna arbitral que dirigió el encuentro según planilla de partido de fs 8 (Señores Bobadilla Diego, Felipe Darío y Rivas Jorge). (Art. 22 R.T.P.)
Hágase saber ello a la Oficina de Árbitros del Consejo Federal.
Por ello el Tribunal
RESUELVE:
1°) Decretar, como media cautelar, la suspensión del partido que debían disputar el 28 de enero los Clubes Juventud de Pergamino y Agropecuario de Carlos Casares. (Art. 32 y 33 del R.T.P.).
2°) Suspéndase provisionalmente a los árbitros Bobadilla Diego, Felipe Darío y Rivas Jorge. (Art. 22 R.T.P.).
3°) Hágase saber por Secretaría al Consejo Federal y a la Oficina de árbitros.

MIEMBROS PRESENTES: Esc. Carlos E. De Giacomi; Dr. Antonio Carbone y Dr. Miguel Rossi.-

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