Temporada de Caza: infraccionan a tres cazadores oriundos de Pergamino

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Se inició este último 1 de mayo la temporada de caza comercial de la liebre y ciertas especies de pato y que se extiende hasta el 2 de agosto del corriente año.
En este sentido según informo el Comando de Prevención Rural informa que con fecha domingo 10 del corriente personal de este elemento procedió a labrar actuaciones contravencionales conforme al art. 273 Inc. K de la Ley 10.081/83 a los ciudadanos Ariel Machado, Héctor Facundo Robledo y Miguel Ángel Berrando todos domiciliados en la ciudad de Pergamino quienes se encontraban practicando caza menor sin la correspondiente habilitación y mediante la utilización de perros.- Se labran actuaciones conforme a la Ley mencionada con intervención del Ministerio de Asuntos Agrarios.

Condiciones para la caza
Conforme indico el Comando de Prevencio Rural de 9 de Julio, señalando que la habilitación de caza se dio desde el 1 de mayo último. Al respecto indica que la misma será controlada en conjunto con el Ministerio de Asuntos Agrarios en virtud de la normativa vigente (Ley 10.081 Código Rural y 20.429-Ley nacional de Armas).
Para se recuerda que no está permitido:
CAZAR DE NOCHE O CON LUZ ARTIFICIAL,
CAZAR CON PERROS GALGOS,
CAZAR EN CAMINOS PÚBLICOS DESDE SU VEHÍCULO,
TRANSITAR POR LA VÍA PÚBLICA CON ARMAS DESENFUNDADAS Y SIN EL DEBIDO REGISTRO.-

Requisitos para el cazador
CAZAR EN ÉPOCA Y EN ZONAS HABILITADAS,
CAZAR CON PERMISO ESCRITO DE PROPIETARIOS DEL CAMPO Y SOLICITAR CERTIFICACIÓN DEL PUESTO POLICIAL,
NO TRANSPORTAR ARMAS ADOSADAS AL CUERPO, DEBIÉNDOLO HACER SEPARADAS DE LAS MUNICIONES, POSEER LA CORRESPONDIENTE DOCUMENTACION DE LAS ARMAS.-

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