Y el federalismo: Crece la participación del Estado en la renta agrícola y se incrementan recursos no coparticipables en manos de Nación
FADA (Fundación Agropecuaria para el Desarrollo de Argentina) publicó su característico Índice FADA. Este informe trimestral, que mide la participación del Estado en la renta agrícola, develó que de cada $100 de renta (ingresos menos costos) de una hectárea promedio, van $68,30 al Estado en impuestos nacionales, provinciales y municipales. Mientras que el promedio ponderado de cultivos a nivel nacional es de 68,3%, la participación del Estado en soja es del 69,7%, maíz 65,4%, trigo 67,8% y girasol 59%.
Entre los factores que traccionaron el indicador hacia abajo están:
- La evolución del tipo de cambio por encima de los costos en pesos, como labores y fletes
- El precio FOB de la soja que recuperó terreno respecto a marzo
El 68,3% de participación del Estado, está compuesto por impuestos nacionales, provinciales y municipales. Los impuestos nacionales no coparticipables explican el 67,4% del total de impuestos que afronta una hectárea agrícola en Argentina. La composición central de estos impuestos son los derechos de exportación, a los que se le suma el impuesto a los créditos y débitos bancarios.
Los impuestos nacionales coparticipables entre el Estado nacional y los Estados provinciales, explican el 26,6% de los impuestos medidos. Aquí tenemos principalmente el impuesto a las ganancias (neto del impuesto a los créditos y débitos) y el IVA.
Las provincias reciben parte de este 26,6% como coparticipación, y también recaudan diversos impuestos. En el Índice FADA nacional se consideran el impuesto inmobiliario rural y el impuesto a los Ingresos Brutos, con una alícuota reducida, ya que ni Córdoba ni Santa Fe, por ejemplo, cobran este impuesto. Así, los impuestos provinciales explican el 5,3% de los impuestos totales.
Por último, los impuestos municipales explican el 0,8% de los impuestos en el Índice FADA promedio nacional. En provincias que cobran estos impuestos, la participación es mayor. El componente central de estos impuestos municipales son las tasas viales.
Con respecto a junio de 2019, los impuestos nacionales no coparticipables incrementaron su participación, pasando del 56,6% al 67,4%, mientras que todo el resto cayó en participación.
Este cambio en la composición es resultado del incremento de los derechos de exportación, que son un impuesto no coparticipable, que al mismo tiempo reduce un impuesto coparticipable como es el impuesto a las ganancias.
Para recordar, hubo suba de DEX en diciembre de 2019 y en marzo de 2020. También se suma la caída de la renta, producto de la baja de precios.
Si bien ganaron espacio los impuestos nacionales, se incrementó la participación del Estado en la renta agrícola, por lo que el resto cayó en términos relativos, pero no necesariamente en términos nominales, ya que se verificaron subas en torno al 60% para los inmobiliarios rurales y las tasas viales municipales.
Estos cambios, significan una reducción del federalismo por tres vías.
- La primera, es que se incrementan los recursos no coparticipables en manos de Nación.
- La segunda, es que se reducen los recursos coparticipables por reducción del impuesto a las ganancias.
- La tercera, es vía los recursos que salen de las regiones productivas en el marco de la suba de derechos de exportación.
Para resumir la sección de impuestos provinciales:
- En todas las provincias analizadas se paga impuesto inmobiliario rural;
- En Buenos Aires, Entre Ríos, La Pampa y San Luis se pagan Ingresos Brutos. La alícuota es del 1% en los casos de Buenos Aires y San Luis, 0,75% en Entre Ríos y 0,5% en La Pampa. En Córdoba y Santa Fe la actividad está exenta. Cabe aclarar que el pacto fiscal entre Nación y Provincias contenía el compromiso de las provincias de llevar ingresos brutos gradualmente al 0%, pero esta baja fue suspendida con la suspensión del Pacto Fiscal.
- Buenos Aires y Santa Fe tienen tasas municipales, mientras que La Pampa tiene las guías cerealeras. Córdoba, San Luis y Entre Ríos no tienen imposiciones a nivel local. Vale resaltar que esto no sólo depende de la decisión de los propios municipios sino del ordenamiento normativo en cuanto a lo territorial. Por ejemplo, en Provincia de Buenos Aires un municipio/partido tiene jurisdicción sobre las áreas rurales y coexisten caminos rurales municipales y provinciales, mientras que en Córdoba, dentro de un departamento hay muchos municipios, pero estos no tienen jurisdicción sobre las áreas rurales, sólo sobre el ejido urbano.
- San Luis y La Pampa tienen impuestos al estilo de aduanas internas.
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