En Alerta: Carta de la agroindustria argentina al Senado Argentino que busca incorporar al «Ecocidio» como delito penal de hasta 25 años

Alerta sobre los graves riesgos para la actividad productiva contenidos en el Dictamen sobre ECOCIDIO de las Comisiones de Justicia y de Ambiente (Orden del Día No 122/2026 - Expte. S-1064/25)

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Las principales entidades que representan a la industria alimenticia y a las cadenas agroindustriales del país solicitaron al Senado de la Nación que suspenda el tratamiento del proyecto de ley que busca incorporar la figura del Ecocidio al Código Penal argentino. La petición fue realizada a través de una nota dirigida a los legisladores nacionales por la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y el Consejo Agroindustrial Argentino (CAA), quienes manifestaron su preocupación por los alcances de la iniciativa.

En el documento, las entidades sostienen que, si bien comparten la necesidad de proteger el ambiente y los recursos naturales, el texto aprobado en comisión presenta deficiencias que podrían derivar en una fuerte incertidumbre para actividades productivas como la agricultura, la ganadería, la forestación, la minería y la industria. Según argumentan, la propuesta podría transformarse en una herramienta de litigiosidad capaz de paralizar sectores estratégicos de la economía nacional.

Se trata del Dictamen sobre ECOCIDIO de las Comisiones de Justicia y de Ambiente del Senado argentino(Orden del Día No 122/2026 – Expte. S-1064/25)

El texto aprobado en comisión presenta deficiencias que podrían derivar en una fuerte incertidumbre para actividades productivas como la agricultura, la ganadería, la forestación, la minería y la industria

Uno de los principales cuestionamientos se refiere a la amplitud con la que se define el delito de ecocidio. COPAL y el CAA advierten que el proyecto establece sanciones penales para quienes provoquen daños ambientales violando «cualquier normativa vigente de protección ambiental», lo que, a su criterio, podría convertir infracciones administrativas menores o incumplimientos de normativas locales en delitos federales con penas de prisión. Las organizaciones también cuestionan la definición de «daño ambiental irreversible» incluida en la iniciativa. Señalan que el texto considera configurado el daño independientemente de las acciones de mitigación o remediación que pudieran implementarse posteriormente, situación que, según afirman, elimina incentivos para que las empresas realicen inversiones destinadas a recomponer áreas afectadas por incidentes ambientales. Otro punto que genera preocupación es la incorporación de la figura del «ecocidio culposo», que permitiría la persecución penal por imprudencia, negligencia o impericia. Para las entidades empresarias, esta disposición podría alcanzar situaciones derivadas de fallas técnicas, accidentes operativos o fenómenos climáticos extremos, exponiendo a directivos, ingenieros y técnicos a penas de prisión por hechos no intencionales.

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Para las entidades empresarias, esta disposición podría alcanzar situaciones derivadas de fallas técnicas, accidentes operativos o fenómenos climáticos extremos, exponiendo a directivos, ingenieros y técnicos a penas de prisión por hechos no intencionales.

Asimismo, la nota alerta sobre las sanciones previstas para las personas jurídicas. El dictamen contempla la posibilidad de suspender actividades empresariales por hasta diez años, aplicar inhabilitaciones, retirar beneficios estatales y establecer multas que podrían alcanzar entre el 10% y el 20% del capital social cuando no sea posible determinar el beneficio económico obtenido. Las entidades consideran que estas medidas podrían resultar confiscatorias y comprometer la continuidad de empresas y pymes. El documento también critica la posibilidad de imputar responsabilidades penales muchos años después de ocurridos los hechos. Según el proyecto, las penas podrían agravarse cuando se produzcan fallecimientos vinculados a daños ambientales, incluso si las muertes ocurrieran tiempo después del cese de la actividad considerada contaminante. A juicio de los firmantes, esta disposición genera una responsabilidad potencialmente indefinida para empresarios y profesionales.

La COPAL y el Consejo Agroindustrial también expresaron preocupación por el uso creciente del término «ecocidio» por parte de organizaciones ambientalistas. Según indicaron, en los últimos años distintas actividades productivas, como la forestación en Corrientes, el desarrollo hidrocarburífero en Vaca Muerta o la actividad agroindustrial del Gran Rosario, han sido objeto de denuncias públicas bajo esa calificación. Consideran que la incorporación de la figura al Código Penal podría facilitar la judicialización de conflictos vinculados a actividades económicas legales. Por estos motivos, las entidades solicitaron a los senadores que el proyecto no sea tratado en el recinto y que vuelva a comisión para abrir una discusión más amplia, con participación de especialistas en derecho, ambiente, producción y economía. Según expresaron, el objetivo debe ser alcanzar un equilibrio entre la protección ambiental y la seguridad jurídica necesaria para sostener la inversión, el empleo y las exportaciones argentinas.

La nota fue firmada por Gustavo Idígoras, presidente del Consejo Agroindustrial Argentino, y Carla Bonito, presidenta de COPAL, quienes ofrecieron además aportar informes técnicos complementarios sobre el impacto económico, constitucional y productivo que podría tener la iniciativa.

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