La ANMAT prohibió la venta de una leche de coco y 2 aceites de oliva por estar «falsamente rotulados»

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió hoy la comercialización en todo el territorio nacional de una leche de coco y dos aceites de oliva. La decisión se tomó porque los productos están «falsamente rotulados».

Ante esto, y mediante la disposición 1015/2020, la ANMAT estableció que la leche de coco en cuestión no puede ser identificada «en forma fehaciente y clara» como producida, elaborada y/o fraccionada en un establecimiento determinado y es por ello que el producto no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República Argentina.

Asimismo, solicitó dar de baja el producto en las plataformas digitales en las que es ofertado por infringir la legislación vigente.

«El producto no se encuentra registrado en la base de datos del Sistema de Información Federal para la Gestión de Alimentos (SIFeGA) y, por lo cual, al no consignar en su rótulo el registro de importador, no es posible verificar el ingreso al país», detallaron en el texto.

Asimismo, desde la entidad también prohibieron la comercialización de dos aceites de oliva: el de la Línea Gourmet de la Estancia Los Nobles (Maipú-Mendoza, RNE N° 13005549, RNPA N° 025/13039649, elaborado y envasado por Agrovit Rural S.A.) y el aceite de oliva extra virgen de la marca Montecristo (RNPA Nº 230207783, RNE Nº 23002857), respectivamente.

Según argumentaron en las disposiciones 1016/2020 y 1017/2020, en ambos casos la decisión se tomó con el propósito de «proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales», ya que están falsamente rotulados.

En ese sentido, la entidad explicó que siempre se sugiere prohibir la comercialización «toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad».

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