En positivo

Durante el primer mes de habilitada la caza, el CPR 9 de Julio intercepto 24 infractores

Se destaca la colaboración de productores y empleados rurales que han alertado al CPR de la presencia de cazadores

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El 28 de abril ultimo se habilito en el territorio de la provincia de Buenos Aires, por parte del Ministerio de Agro Industria la caza de liebre europea, variadas clases de patos y perdiz chica; lo que según la ley son requisitos practicar la misma con autorización de autoridad competente, no se puede realizar en caminos públicos y contar con aval del propietario del establecimiento y en horas diurna, entre otros conceptos.

Transcurrido el primer mes de control de la caza en el partido de  9 de Julio por parte del Comando de Prevención Rural 9 de Julio (CPR), y a requerimiento de El Regional Digital, se informo de la labor Contravencional realizada en lo que va del  primer mes de temporada de caza en el ámbito de la jurisdicción.

Según se detalla por parte del CPR se recepcionaron gran cantidad de llamados por parte de ciudadanos de zona rural alertando de cazadores furtivos, es que se comisiono personal de este Comando de Prevención Rural,  resultado de estos es que se labraron correspondientes infracciones a la Ley 10.081 Art. 73 inc K,  con un total de veinticuatro infractores, la mayoría de estos oriundos de otras localidades, y un total de ochenta y tres piezas de caza, siendo estas liebres estilo europea cuales fueron secuestradas y posteriormente desnaturalizadas, informo la Comisario Analia Muñoz titular del CPR  9 de Julio.

Se recuerda que la temporada de caza Deportiva Menor está comprendida (Disposición Nro. DI-2018-208-GDEBA-DFYFMAGP) hasta el 31 de julio  de 2018, y que los eventuales cazadores que deberán reunir los requisitos detallados en la disposición; siendo: * LICENCIA DE CAZA DEPORTIVA,* AUTORIZACION por parte de la autoridad competente para la tenencia del arma que se utilice para la caza, * PERMISO por escrito del dueño del campo (en caso de estar cazando en un campo privado), y en la CAZA COMERCIAL se necesita la LICENCIA, un PERMISO DE TRANSPORTE y ESTAR INCLUIDO en la nómina de cazadores de una Planta Frigorífica que deberá presentarla con anterioridad a la iniciación de la temporada.

Así mismo se recuerda tener en cuenta las prohibiciones de la actividad de caza según lo normado por el Código Rural Ley 10.081 ARTICULO 273°.-

Cuidado de caminos rurales.

Ante las inclemencias climáticas ocurridas en el último mes, es que se recuerda a los ciudadanos,  que según la Ordenanza Municipal N°4404  se prohíbe a camiones, jaulas, acoplados y demás maquinaria agrícola el estacionamiento y/o circulación por las calles/caminos de tierra  durante los días de lluvia  y 48hs posteriores a las mismas. Que por lo anteriormente expuesto es que se labraron una cantidad de nueve infracciones con intervención del Juzgado de Faltas en turno de la Municipalidad de 9 de Julio.

Ante cualquier consulta éste Comando de Prevención Rural recuerda la línea telefónica de atención 02317 – 431100. // 02317 432955 // 02317-15-404668// EMERGENCIAS: 911

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